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AA20-C-2003-000065
C.O.V.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 24 de
abril de 2003. Años 193º y 144º.
Practíquese
por Secretaría el cómputo de los cuarenta (40) días para formalizar en este
juicio, incluyendo el término de la distancia, a partir del día siguiente al
último de los diez (10) días de despacho que acuerda la Ley para el anuncio del
recurso de casación, aplicando el acuerdo de la Corte en Pleno de fecha cinco
(05) de agosto de 1987, en el cual se dispuso que los períodos de vacaciones
judiciales de la Corte Suprema de Justicia, comprendidos del 15 de agosto al 15
de septiembre y del 24 de diciembre al 06 de enero, ambos inclusive, no serán
computados a los efectos del lapso del recurso de casación.
El Presidente de
la Sala,
_____________________
FRANKLIN ARRIECHE
G.
La Secretaria,
_________________________
ADRIANA
PADILLA ALFONZO
La Secretaria de
la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con lo
expresado en el auto precedente, hace constar que el lapso para formalizar en
este juicio, incluyendo el término de la distancia, comenzó a correr el día 22
de noviembre de 2002, día siguiente al último de los diez (10) días de despacho
que se dan para el anuncio del recurso de casación, y venció el día 15 de enero
de 2003. Caracas, 24 de abril de 2003.