AA20-C-2003-000065

                                                      C.O.V.

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 24 de abril de 2003. Años 193º y 144º.

 

 

      Practíquese por Secretaría el cómputo de los cuarenta (40) días para formalizar en este juicio, incluyendo el término de la distancia, a partir del día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que acuerda la Ley para el anuncio del recurso de casación, aplicando el acuerdo de la Corte en Pleno de fecha cinco (05) de agosto de 1987, en el cual se dispuso que los períodos de vacaciones judiciales de la Corte Suprema de Justicia, comprendidos del 15 de agosto al 15 de septiembre y del 24 de diciembre al 06 de enero, ambos inclusive, no serán computados a los efectos del lapso del recurso de casación.

El Presidente de la Sala,

 

 

 

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FRANKLIN ARRIECHE G.

                                                                                    La Secretaria,

 

 

 

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                                                            ADRIANA PADILLA  ALFONZO

 

La Secretaria de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con lo expresado en el auto precedente, hace constar que el lapso para formalizar en este juicio, incluyendo el término de la distancia, comenzó a correr el día 22 de noviembre de 2002, día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que se dan para el anuncio del recurso de casación, y venció el día 15 de enero de 2003. Caracas, 24 de abril de 2003.