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Martes, 15 de abril de 1999



Por cuarto período consecutivo desde que fue elegida en 1996

CECILIA SOSA GOMEZ RATIFICADA PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE VENEZUELA

Nosotros hemos manifestado que ante la Asamblea Nacional Constituyente, si esa es la voluntad mayoritaria de los venezolanos, tendremos una actitud de apoyo y colaboración. Nosotros tenemos una experiencia; tenemos información y estudios suficientes que pueden coadyuvar efectivamente a que en la Constitución se introduzcan esos cambios profundos que se necesita, señaló Sosa Gómez

La Magistrado Cecilia Sosa Gómez fue ratificada este jueves en la presidencia de la Corte Suprema de Justicia para dirigir los destinos de esta institución hasta el año 2000. Para Sosa Gómez, quien recibió el respaldo de 11 de sus colegas, es la tercera vez consecutiva que es reelecta en su cargo desde que fue elegida como titular del Supremo Tribunal en el período 1996-97.

Abogado graduada en la Universidad Central de Venezuela y con estudios de especialización en París, Francia, la Magistrado Sosa Gómez, asume la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia en medio de un profundo proceso de modernización interna de la institución que debe estar culminado para finales de año, según las ejecutorias del plan trazado.

El acto de elección, fijado para las 11:00 de la mañana, contó con el quórum necesario para llevarlo a cabo y de inmediato se procedió a escoger a la junta directiva, es decir, al Presidente y los vicepresidentes, tal como establece los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia. La doctora Sosa Gómez fue favorecida con once votos, mientras que la Magistrado Hildegard Rondón de Sansó contó con el respaldo de tres de sus colegas.

Luego de la elección del Presidente, se procedió a nombrar el resto de los cargos directivos. Para la Primera Vicepresidencia fue ratificado el Magistrado Aníbal Rueda con 11 votos, mientras que el doctor Iván Rincón Urdaneta recibió uno. En esta oportunidad se produjeron 2 votos en blanco.

Para la Segunda Vicepresidencia hubo un cambio, pues el Magistrado Iván Rincón Urdaneta contó con el respaldo de 11 votos, mientras que el doctor José Erasmo Pérez-España - quien se venía desempeñando en el cargo desde el año pasado - sólo recibió un voto. En esta oportunidad también hubo dos votos en blanco.

Luego de la juramentación de rigor, la Magistrado Presidente, Cecilia Sosa Gómez, anunció que pese a su jubilación el Doctor Enrique Sánchez Risso continuará como Secretario de la Corte en Pleno hasta que se acuerde su sustitución; asimismo, los Magistrados aprobaron unánimemente la moción de la doctora Sosa Gómez, quien propuso para el cargo de Alguacil de la Corte en Pleno al doctor Gustavo Alvarez Gómez.

CSJ DISPUESTA A COLABORAR EN PROCESO CONSTITUYENTE

- ¿Qué significa para la doctora Sosa Gómez un cuarto período como Presidenta de la Corte Suprema de Justicia? - preguntó un reportero.

- Significa en esta oportunidad el compromiso que tiene la Corte Suprema de Justicia con el país con relación a una reforma profunda del Poder Judicial, como lo dije en el discurso que acabó de pronunciar, nosotros estamos dispuestos a colaborar y apoyar todo lo que tenga que ver con planes, proyectos e ideas; discutir sobre conceptos que mejoren y devuelvan al país un sistema judicial que sea confiable, tal como todos los venezolanos queremos.

- Doctora Sosa Gómez, a Usted la están ratificando en su cargo, si se quiere en una situación bastante difícil y de profundos cambios - y aquí me refiero a la Asamblea Nacional Constituyente. Ante esa situación ¿cuál es el reto que Usted asume?

- Nosotros hemos manifestado que ante la Asamblea Nacional Constituyente, si esa es la voluntad mayoritaria de los venezolanos, tendremos una actitud de apoyo y colaboración. Nosotros tenemos una experiencia; tenemos información y estudios suficientes que pueden coadyuvar efectivamente a que en la Constitución se introduzcan esos cambios profundos que se necesitan.

- Cuando Usted se refiere que la Corte Suprema de Justicia está abierta al diálogo, es un llamado al Presidente de la República, por las ultimas posiciones que ha asumido.

- Es un llamado a la colaboración de los poderes sobre lo cual la Corte Suprema de Justicia ha insistido mucho, y en ese sentido, si creo que mientras que unamos esfuerzos - específicamente en el área judicial -, los resultados serán muchos más satisfactorios y tendrán mucho más consenso político.

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Demandan nulidad del numeral sexto de la bases comiciales del referendo

VENEZOLANOS NATURALIZADOS RECLAMAN ANTE LA CSJ PARTICIPACION EN LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

Este jueves el abogado Rafael Contreras y la ciudadana Caterina Macario, interpusieron por ante la Sala Político Administrativa de la Corte Suprema de Justicia, un recurso de nulidad, por razones de inconstitucionalidad, en contra del numeral sexto de las bases comiciales para el referéndum consultivo sobre la convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente, en la cual se establecen las condiciones generales para ser representante en dicha asamblea.

Según explicaron los demandantes a los reporteros de la fuente judicial en dichas bases se impone como premisa - para poder ser elegido -, el ser venezolano por nacimiento, todo lo cual es contrario al derecho garantizado en la Constitución Nacional en los artículos 111 y 112, que establecen las condiciones para ser elector y las condiciones generales de elegibilidad, las cuales están abiertas para todos los venezolanos, tanto por nacimiento como por naturalización.

- El numeral sexto de la Resolución 990323-71, emanada del Consejo Nacional Electoral, crea una odiosa restricción y limitación desigual y discriminatoria a un derecho garantizado por nuestra Constitución, violentado en una forma burda y flagrante, el principio de reserva legal contenido en el artículo 139, en concordancia con el ordinal 24 del artículo 136 de la Constitución; tal resolución es igualmente violatoria del principio del confidente expectation, el cual consiste en la expectativa legal que por virtud de las disposiciones contenidas en los artículos 111 y 112 de la Constitución, tienen todos los venezolanos que no escogieron nacer aquí pero si decidieron vivir en este país, trabajar por él y construir día a día una nación más próspera - alegó la ciudadana Caterina Macario, la presunta agraviada.

Macario - quien dijo haber nacido en Italia y tener 38 de sus 39 años de existencia viviendo, estudiando y trabajando en nuestro país - señaló que ella representa "a un sector significativo de la gente que amamos a Venezuela y que consideramos que en este proceso de transformación que se profundiza aún más a través del mecanismo de la Asamblea Constituyente, no puede quedarse a medio camino por la exclusión arbitraria de quienes no tienen competencia y cercenan nuestro derecho a participar en lo que será el establecimiento de las nuevas bases y organización del Estado", concluyó.

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Para que disuelvan al Congreso y la Corte Suprema de Justicia

ABOGADOS SOLICITAN AMPARO ANTE "INTIMACION" DEL PRESIDENTE A MIEMBROS DE LA CONSTITUYENTE

Los abogados Alfonso Albornoz Niño y Gloria de Vicentini, interpusieron este jueves ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia un recurso de amparo constitucional contra las declaraciones "intimatorias" del Ciudadano Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, referidas a la disolución del parlamento y de la Máxima Instancia Judicial del país.

Reclaman los accionantes, que la Corte Suprema de Justicia ordene al Presidente de la República que cese en su amenaza de intimar a los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente, "restableciendo nuestra libertad política para asistir libremente tanto al referendo consultivo como a la elección de los miembros de la Asamblea Constituyente, derechos irrenunciables e individuales, tal como los dispone el artículo 113 de la Constitución Nacional" - dijo el abogado Alfonso Albornoz.

Los recurrentes alegan que la Sala Penal es competente para conocer del caso, pues "el Presidente de la República al intimar a los asambleístas a disolver el Congreso y la Corte Suprema de Justicia, está impidiendo el libre albedrío de un derecho político que está regulado en nuestro ordenamiento penal".

En este sentido los profesionales del derecho dijeron a los periodistas - y así lo hacen constar en el escrito presentado -, que en sentencia de la Sala de Casación Penal del 14 de marzo de 1995, con ponencia del Magistrado, doctor Luis Manuel Palís (exp. Nº 74-94), se determinó que: "para conocer la vulneración de los derechos constitucionales a la libertad y seguridad personales y todos los demás que subsidiariamente desencadenaron la violación de otros derechos y garantías constitucionales", es la instancia penal la competente para conocer.

Por último, los demandantes "advierten a la Corte" que "para el caso que la tramitación se realice posteriormente a la elección del referéndum consultivo del 25 de abril del presente año, solicitamos que la misma motivación y argumento se transfiera para la elección de los asambleístas o miembros de la Asamblea Nacional Constituyente, por ser idénticas razones para el libramiento de amparo que restablezcan nuestros derechos conculados.

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