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Martes 12 de diciembre de 2000

 

Ex constituyente Hermann Escarrá interpone recurso de interpretación

SOLICITA AL TRIBUNAL SUPREMO QUE SE PRONUNCIE RESPECTO

A 278 CAMBIOS EN LA CONSTITUCION DEL 15 DE DICIEMBRE DE 1999

 

El abogado y ex constituyente considera que la Sala Constitucional debe decidir sobre cuál es la Constitución que está vigente, pues a su criterio se manejan tres textos fundamentales, situación que incide negativamente en la seguridad jurídica

 

Al ser consultado sobre las diligencias que adelanta con relación a la solicitud de la Primera Enmienda Constitucional, Hermann Escarrá dijo que está esperando que terminen los ajustes constitucionales y la elección de los integrantes de los Poderes Ciudadano y Judicial para presentar las firmas de los venezolanos que respaldan su iniciativa. "No hay poder que frene la Primera Enmienda", aseguró

 

            El ex constituyente, Hermann Escarrá, presentó ante la secretaría de la Sala Constitucional un recurso de interpretación para que la Máxima Instancia del país se pronuncie y defina cuál de los tres textos de la Constitución Nacional es el que está vigente, en vista de la polémica que se ha desatado por los presuntos cambios de forma y contenido que sufrió el Texto Fundamental, que fue redactado por la Asamblea Nacional Constituyente y aprobado por los venezolanos mediante el referéndum del 15 de diciembre de 1999.

            Escarrá explicó a los periodistas de la fuente judicial que "la Sala Constitucional debe decidir sobre los tres textos que se conocen. El texto llevado al Consejo Nacional Electoral que es el del 15 de diciembre, que fue aprobado por la voluntad popular y que en sano criterio constitucional es el texto vigente; asimismo, el 30 de diciembre de 1999, aparece en Gaceta Oficial el texto con algunas reformas o modificaciones, aparentemente de carácter adjetivo y formal; y finalmente, en el mes de marzo del año 2000, se publica otro texto en Gaceta Oficial, con la exposición de motivos, y por supuesto, con todas las modificaciones que han generado inquietud, controversia y toda una discusión, ya no sólo en el foro jurídico, y específicamente en el área constitucional, sino preocupación en todos los venezolanos".

            Manifestó el ex constituyente su asombro ante diferencias de fondo en lo que tiene que ver con las competencias de la Sala Constitucional, "pues se le introdujo una modificación que supondría ahora, tener una especie de cuarta instancia. Donde la Sala Constitucional, frente a decisiones definitivas y firmes en materia de amparo constitucional puede hacer no solamente una evaluación interpretativa sino que también puede revocar y producir una nueva decisión. Esto es verdaderamente grave, ya que disloca todo lo que es el sistema de la jurisdicción constitucional de los Derechos Humanos en Venezuela, pero además, crea una competencia que no estuvo en  el espíritu del constituyente".

            Se refirió igualmente el abogado a otros aspectos en  el orden social, que supuestamente también fueron afectados. Es así como precisa que "se introdujo la palabra 'Nacional' en el sistema público de salud, ocasionando una contradicción con la propuesta federal y de descentralización dentro de la propia Carta Magna, pues está establece y garantiza la apertura".

            En el área militar, Hermann Escarrá, resaltó que se ha discutido mucho sobre cuál sería la interpretación final con la nueva manera de organizar el texto normativo. "En realidad el antejuicio de mérito se refería a los oficiales almirantes y a los oficiales generales; al sustituir esta nomenclatura y establecer una nueva sintaxis, algunos han interpretado que el antejuicio de mérito se extendería a todos los oficiales de la Fuerza Armada Nacional".

            Para, Hermann Escarrá, existe un sinnúmero de modificaciones que desde el punto de vista jurídico introducen elementos de interpretación que serían inconvenientes para la nación. "Por eso, lo que el recurso de interpretación está buscando, es que la Sala Constitucional, que es el máximo intérprete de la Constitución, cumpla con su responsabilidad histórica y se pronuncie para mantener la seguridad jurídica y la propia estabilidad de las instituciones".

 

278 CAMBIOS SUFRIO EL TEXTO CONSTITUCIONAL

            Al ser consultado por un periodista sobre la cantidad de cambios que sufrió el texto constitucional aprobado mediante la vía del referéndum el 15 de diciembre de 1999, el ex constituyente, Hermann Escarrá, precisó que ante la Secretaría de la Sala Constitucional presentó  278 cambios. "Claro, diferencié lo que son cambios formales, que en realidad no tienen mayor significación en cuanto a la interpretación jurídica que de allí se pueda deducir; pero sí señalé aquellas normas donde de verdad se podrían producir interpretaciones totalmente equívocas y contradictorias con lo que es el espíritu del constituyente".

            Al interpretar lo anterior en términos porcentuales, el ex constituyente estimó que 25% del conjunto de normas a que hace referencia en su el recurso de interpretación, presenta cambios de fondo. "Por ejemplo, en materia tributaria, salud pública, materia militar, jurisdicción y competencia de la Sala Constitucional, todos aspectos de cuidado, para mantener la institucionalidad de la nueva democracia que pretendemos instaurar en nuestro país" - agregó.

            Considera el ex constituyente que los magistrados de la Sala Constitucional deben llamar a una audiencia oral y publico, lo más pronto posible para que se oigan a las partes. "Al propio Fiscal y a los distintos juristas que han venido planteando sus inquietudes" - indicó.

            De otra parte, y al ser consultado por los reporteros sobre las diligencias que viene adelantando sobre la Primera Enmienda a la Constitución que él propone, el ex constituyente Hermann Escarrá dijo que "efectivamente vengo trabajando en ese sentido, pues creo que debe perfeccionarse el texto constitucional, en esa posición soy invariable. Estamos esperando que concluya éste proceso de ajuste constitucional y escogencia de nuevos poderes, para finalmente presentar las firmas de electores e iniciar el trámite de la Primera Enmienda, pues como ustedes saben, no hay poder en el mundo que pueda detener éste tipo de iniciativas. La Primera Enmienda, tiene como único objeto perfeccionar instituciones que crean contradicción en el propio texto constitucional".

 

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