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| Martes 12 de diciembre de 2000 | |
Ex constituyente Hermann Escarrá interpone recurso
de interpretación
SOLICITA AL TRIBUNAL SUPREMO QUE SE PRONUNCIE
RESPECTO
A 278 CAMBIOS EN LA CONSTITUCION DEL 15 DE DICIEMBRE
DE 1999
El abogado y ex constituyente considera que la Sala
Constitucional debe decidir sobre cuál es la Constitución que está vigente,
pues a su criterio se manejan tres textos fundamentales, situación que incide
negativamente en la seguridad jurídica
Al ser consultado sobre las diligencias que adelanta
con relación a la solicitud de la Primera Enmienda Constitucional, Hermann
Escarrá dijo que está esperando que terminen los ajustes constitucionales y la
elección de los integrantes de los Poderes Ciudadano y Judicial para presentar
las firmas de los venezolanos que respaldan su iniciativa. "No hay poder
que frene la Primera Enmienda", aseguró
El ex constituyente, Hermann
Escarrá, presentó ante la secretaría de la Sala Constitucional un recurso de
interpretación para que la Máxima Instancia del país se pronuncie y defina cuál
de los tres textos de la Constitución Nacional es el que está vigente, en vista
de la polémica que se ha desatado por los presuntos cambios de forma y
contenido que sufrió el Texto Fundamental, que fue redactado por la Asamblea
Nacional Constituyente y aprobado por los venezolanos mediante el referéndum
del 15 de diciembre de 1999.
Escarrá explicó a los periodistas de
la fuente judicial que "la Sala Constitucional debe decidir sobre los tres
textos que se conocen. El texto llevado al Consejo Nacional Electoral que es el
del 15 de diciembre, que fue aprobado por la voluntad popular y que en sano
criterio constitucional es el texto vigente; asimismo, el 30 de diciembre de
1999, aparece en Gaceta Oficial el texto con algunas reformas o modificaciones,
aparentemente de carácter adjetivo y formal; y finalmente, en el mes de marzo
del año 2000, se publica otro texto en Gaceta Oficial, con la exposición de
motivos, y por supuesto, con todas las modificaciones que han generado
inquietud, controversia y toda una discusión, ya no sólo en el foro jurídico, y
específicamente en el área constitucional, sino preocupación en todos los
venezolanos".
Manifestó el ex constituyente su
asombro ante diferencias de fondo en lo que tiene que ver con las competencias
de la Sala Constitucional, "pues se le introdujo una modificación que
supondría ahora, tener una especie de cuarta instancia. Donde la Sala
Constitucional, frente a decisiones definitivas y firmes en materia de amparo
constitucional puede hacer no solamente una evaluación interpretativa sino que
también puede revocar y producir una nueva decisión. Esto es verdaderamente
grave, ya que disloca todo lo que es el sistema de la jurisdicción
constitucional de los Derechos Humanos en Venezuela, pero además, crea una
competencia que no estuvo en el
espíritu del constituyente".
Se refirió igualmente el abogado a
otros aspectos en el orden social, que
supuestamente también fueron afectados. Es así como precisa que "se
introdujo la palabra 'Nacional' en el sistema público de salud, ocasionando una
contradicción con la propuesta federal y de descentralización dentro de la
propia Carta Magna, pues está establece y garantiza la apertura".
En el área militar, Hermann Escarrá,
resaltó que se ha discutido mucho sobre cuál sería la interpretación final con
la nueva manera de organizar el texto normativo. "En realidad el
antejuicio de mérito se refería a los oficiales almirantes y a los oficiales
generales; al sustituir esta nomenclatura y establecer una nueva sintaxis,
algunos han interpretado que el antejuicio de mérito se extendería a todos los
oficiales de la Fuerza Armada Nacional".
Para, Hermann Escarrá, existe un
sinnúmero de modificaciones que desde el punto de vista jurídico introducen
elementos de interpretación que serían inconvenientes para la nación. "Por
eso, lo que el recurso de interpretación está buscando, es que la Sala
Constitucional, que es el máximo intérprete de la Constitución, cumpla con su
responsabilidad histórica y se pronuncie para mantener la seguridad jurídica y
la propia estabilidad de las instituciones".
278 CAMBIOS SUFRIO EL TEXTO CONSTITUCIONAL
Al ser consultado por un periodista sobre la cantidad de cambios que
sufrió el texto constitucional aprobado mediante la vía del referéndum el 15 de
diciembre de 1999, el ex constituyente, Hermann Escarrá, precisó que ante la
Secretaría de la Sala Constitucional presentó
278 cambios. "Claro, diferencié lo que son cambios formales, que en
realidad no tienen mayor significación en cuanto a la interpretación jurídica que
de allí se pueda deducir; pero sí señalé aquellas normas donde de verdad se
podrían producir interpretaciones totalmente equívocas y contradictorias con lo
que es el espíritu del constituyente".
Al interpretar lo anterior en
términos porcentuales, el ex constituyente estimó que 25% del conjunto de
normas a que hace referencia en su el recurso de interpretación, presenta
cambios de fondo. "Por ejemplo, en materia tributaria, salud pública,
materia militar, jurisdicción y competencia de la Sala Constitucional, todos
aspectos de cuidado, para mantener la institucionalidad de la nueva democracia
que pretendemos instaurar en nuestro país" - agregó.
Considera el ex constituyente que
los magistrados de la Sala Constitucional deben llamar a una audiencia oral y
publico, lo más pronto posible para que se oigan a las partes. "Al propio
Fiscal y a los distintos juristas que han venido planteando sus
inquietudes" - indicó.
De otra parte, y al ser consultado
por los reporteros sobre las diligencias que viene adelantando sobre la Primera
Enmienda a la Constitución que él propone, el ex constituyente Hermann Escarrá
dijo que "efectivamente vengo trabajando en ese sentido, pues creo que
debe perfeccionarse el texto constitucional, en esa posición soy invariable. Estamos
esperando que concluya éste proceso de ajuste constitucional y escogencia de
nuevos poderes, para finalmente presentar las firmas de electores e iniciar el
trámite de la Primera Enmienda, pues como ustedes saben, no hay poder en el
mundo que pueda detener éste tipo de iniciativas. La Primera Enmienda, tiene
como único objeto perfeccionar instituciones que crean contradicción en el
propio texto constitucional".
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