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El procedimiento de la acción de amparo constitucional será oral, público, breve,
gratuito y no sujeto a formalidad, todo tiempo será hábil y el tribunal lo tramitará
con preferencia a cualquier otro asunto.
La acción de amparo es gratuita por excelencia. Para su tramitación no se empleará papel
sellado ni estampillas y en caso de urgencia podrá interponerse por vía telegráfica. De ser así,
deberá ser ratificada personalmente o mediante apoderado dentro de los tres (3) días siguientes.
También procede su ejercicio en forma verbal y, en tal caso, el Juez deberá recogerla en un acta.
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